¡Aprobado por Insistencia! El Congreso da luz verde a la nivelación de pensiones para maestros cesantes
¿Pensión igual al sueldo de Primera Escala? La verdad sobre la Ley del Congreso y el veto del Ejecutivo
El Congreso propuso nivelar las pensiones de los maestros cesantes, pero el Gobierno ha observado la autógrafa. Conozca los argumentos legales y el futuro de esta norma.
En los últimos días ha circulado con fuerza la noticia de una nueva ley que beneficiaría a miles de docentes jubilados. En EduLey Perú hemos analizado los documentos oficiales (Autógrafa del PL 3864 y el Oficio Nº 284-2025-PR) para traerte la información legal exacta, sin falsas expectativas.
1. ¿Qué proponía la Autógrafa del Congreso?
El proyecto buscaba garantizar que los maestros jubilados y cesantes de la carrera pública magisterial reciban una pensión equivalente a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) correspondiente a la primera escala magisterial[cite: 2982]. Esta medida abarcaba a los docentes de educación básica y técnico-productiva de las leyes 19990, 20530, 29944 y afiliados a las AFP (SPP)[cite: 2986].
2. El Freno: Por qué el Ejecutivo observó la norma
Lejos de ser promulgada, la Presidenta de la República y el Presidente del Consejo de Ministros devolvieron la norma al Congreso con serias observaciones[cite: 3023, 3707, 3708]. Estos son los tres argumentos principales del veto:
- Inconstitucionalidad por "Cédula Viva": El Ejecutivo argumenta que vincular la pensión a la remuneración de un docente activo vulnera la Constitución, la cual prohíbe expresamente la nivelación de pensiones con las remuneraciones del personal en actividad[cite: 3093, 3097].
- Desfinanciamiento y Riesgo Fiscal: Según los cálculos del MEF, aplicar esta medida solo para los pensionistas actuales del SNP (Ley 19990) costaría aproximadamente S/ 5 670 millones anuales[cite: 3427, 3428]. El Gobierno señala que el Congreso no tiene iniciativa para crear ni aumentar el gasto público[cite: 3667].
- Incompatibilidad con las AFP: El informe advierte que es inviable otorgar esta pensión a los maestros en el Sistema Privado de Pensiones, ignorando que muchos ya han retirado parcial o totalmente sus fondos mediante los retiros extraordinarios aprobados en años recientes[cite: 3194, 3195, 3218].
⚖️ El Análisis de EduLey Perú
¿Qué pasará ahora? Como la ley ha sido observada, regresa a las comisiones del Congreso. Los congresistas tienen dos caminos: archivarla y realizar las modificaciones técnicas exigidas por el MEF, o someterla a votación para aprobarla "por insistencia". Estaremos vigilantes al debate para informarles con la verdad legal por delante.
Comparte esta información para evitar la desinformación en el magisterio.
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